Condiciones generales de venta

Aquí puede encontrar el documento detallado con las Condiciones Generales de Venta (CGV) que regirán los contratos de compraventa mercantil de los productos Syngenta.

1.- Estipulación general.  1.1 Las presentes Condiciones Generales de Venta (“CGV”) regirán los contratos de compraventa mercantil de los productos Syngenta que se celebren entre SYNGENTA ESPAÑA, S.A. ("Syngenta") y un comprador persona física o jurídica que actúe en el marco de su actividad empresarial o profesional ("Comprador"), por lo que no será de aplicación la normativa de consumidores y usuarios. El establecimiento de condiciones y acuerdos comerciales distintos de los presentes exigirá, en todo caso, un acuerdo expreso y escrito entre el Comprador y Syngenta prevaleciendo, en este caso, dicho acuerdo sobre las presentes CGV.  1.2 El Comprador reconoce que las CGV han sido válidamente puestas a su disposición por Syngenta con anterioridad a la formalización del contrato de compraventa mercantil y por “Contrato” se entenderá la orden de compra extendida por el cliente que materialice la venta de Productos por parte de Syngenta. La formulación de un pedido a Syngenta supone la aceptación plena y sin reservas por el Comprador, y la validez, de todos y cada uno de los términos de estas CGV, que se considerarán automática y válidamente incorporadas al contrato de compraventa mercantil, del que formarán parte inseparable, sin que sea necesario su trascripción escrita en el mismo. * Por “Entrega” se entenderá el envío desde las instalaciones de Syngenta al punto de entrega acordado (Incoterms 2020), salvo que se disponga otra cosa en el Contrato. En caso de no haberse acordado un punto de entrega, Syngenta estará legitimada para indicar uno. * Por “Productos” se entenderá los productos objeto del Contrato cuyas características y propiedades se encuentran explícitamente descritas en el Contrato y que, entre otros, podrán ser del siguiente tipo: servicios digitales, trampas, productos fitosanitarios y Semillas, plantones, porta injertos, plantas de semillero y plantas ornamentales de los siguientes cultivos: cereales, maíz, girasol, colza, remolacha azucarera, cultivos hortícolas y flores. * Por “Grupo Syngenta” se entenderá la entidad Syngenta contratante o cualquier otra compañía considerada filial o matriz de Syngenta.  1.3 El Comprador reconoce estar debidamente inscrito en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria (ROPO) con el fin de almacenar, manipular, utilizar y comercializar productos fitosanitarios. Asimismo, el Comprador sólo almacenará, manipulará, utilizará y comercializará aquellos productos cuya toxicidad esté cubierta por el grado máximo de toxicidad autorizado que figure en su inscripción en dicho registro.

2.- Pedidos.  2.1 Los clientes podrán formular sus pedidos a través de la página web o la app de Syngenta (excepto para cultivos hortícolas), por correo electrónico o a través de los representantes de ventas de Syngenta y, excepcionalmente, vía telefónica, siguiendo el procedimiento de contratación establecido al efecto por Syngenta.  2.2 Para que un pedido se considere firme, éste deberá ser aceptado expresamente por Syngenta mediante el envío de la correspondiente confirmación de pedido, que contendrá todos los términos de la contratación, y será remitida a la dirección de correo electrónico del Comprador indicada por éste o por el medio que determine Syngenta en cada caso, quedando vinculadas ambas partes a partir de ese momento. Asimismo, se considerará como aceptación tácita de un pedido la recepción del envío de los Productos sin confirmación anterior, en cuyo caso los términos de la contratación figurarán en el albarán de entrega correspondiente.  2.3 Syngenta se reserva el derecho de no aceptar pedidos inferiores a un importe y/o volumen que será comunicado anualmente.  2.4 Aceptado y confirmado por Syngenta el pedido, éste será irrevocable y quedará perfeccionada la compraventa. Dada la naturaleza mercantil de la compraventa que se regula en estas CGV, el Comprador renuncia expresamente al derecho de resolución del contrato. Cualquier modificación que el Comprador desee hacer sobre un pedido ya aceptado por Syngenta deberá solicitarse por escrito, expresando la causa que la justifique. Syngenta tendrá la facultad discrecional de aprobar o rechazar dicha modificación.  2.5 Si los Productos pedidos en virtud del Contrato aún no han sido entregados ni abonados, el Contrato se resolverá automáticamente y con efectos inmediatos si el Comprador es declarado en concurso de acreedores, se encuentra en un procedimiento de administración judicial, nombra a un custodio o a un síndico, o solicita otras medidas de protección frente a sus acreedores en virtud de la legislación concursal.

3.- Entrega.  3.1 La Entrega de los pedidos se realizará, en la medida de lo posible, en las fechas convenidas. Las fechas de entrega señaladas por Syngenta tendrán siempre carácter estimativo, sin perjuicio de que Syngenta emplee sus mejores esfuerzos para que el envío y recepción de los Productos se realice en las fechas solicitadas por el Comprador.  3.2 Se presumirán cumplidas por Syngenta las fechas de entrega si ésta pone los productos a disposición de la compañía de transporte con una antelación tal que, en condiciones normales, sea suficiente para la realización del transporte.  3.3 La entrega de la mercancía queda supeditada a la efectiva disponibilidad de suministro de Syngenta. En tanto en cuanto haya disponibilidad de mercancías, Syngenta suministrará las mismas en un plazo no superior a 5 días hábiles desde la formalización del pedido. Syngenta informará al Comprador en cuanto exista disponibilidad 3.4 Se presumirá recibida por el Comprador la mercancía solicitada cuando se acredite la entrega de esta en los lugares de destino indicados en cada pedido. Cualquier demora en la entrega de la mercancía será comunicada por el Comprador a Syngenta tan pronto como sea posible.  3.5 La titularidad de la mercancía vendida pasará al Comprador con la entrega de esta en el lugar de entrega acordado.

4.- Transporte.  4.1 La mercancía viaja por cuenta y riesgo de Syngenta. El riesgo es asumido por Syngenta hasta que la mercancía es puesta a disposición del Comprador. A partir de ese momento, el riesgo se transmite al Comprador.  4.2 Syngenta asume los gastos del transporte de la mercancía (excepto para cultivos hortícolas, en cuyo caso los gastos se asumen por el Comprador), siempre y cuando el pedido sea superior al mínimo marcado en la cláusula 2.3.  4.3 Las mercancías son cuidadosamente examinadas antes del embalaje y entregadas por Syngenta al transportista. Las faltas o roturas que sufra la mercancía durante su transporte son a cargo del transportista, debiendo el Comprador poner en conocimiento este hecho, lo antes posible, por escrito, a Syngenta, antes de proceder a la recepción del pedido o admitirlo con reservas.  4.4 La compañía de transporte responderá frente a cualquier retraso, deterioro o pérdida de la mercancía que sea imputable a ella misma, salvo caso fortuito o de Fuerza Mayor.  4.5 En cualquier caso, se considerará, a todos los efectos, que las mercancías han sido recibidas y aceptadas por el Comprador si éste comienza a utilizarlas. 4.6 En el caso de que el Comprador decida recoger los Productos en las instalaciones de Syngenta, ésta viajará por cuenta y riesgo del Comprador, no aplicándose desde ese momento lo establecido en los Incoterms aplicables al Contrato.

5.- Consignación y Bill & Hold.  5.1 Syngenta, de acuerdo con el Comprador, podrá efectuar las Entregas de Productos en depósito/consignación, en cuyo caso el Comprador tendrá la consideración de depositario bajo un contrato de depósito mercantil gratuito y los Productos entregados serán de plena propiedad de Syngenta hasta que el Comprador efectúe la compra de estos, reservándose el traslado de éstos a cualquier otro lugar donde lo considere necesario. Con la retirada de los Productos del almacén de consignación por parte del Comprador depositario, cualquiera que sea la finalidad, se considerará perfeccionada la compraventa de forma irrevocable.  5.2 La emisión de la factura correspondiente a los Productos objeto de la compraventa se realizará antes de que se cumplan 30 días desde la fecha de la retirada efectiva de las mercancías.  5.3 El Comprador está obligado a la guarda y custodia de los Productos propiedad de Syngenta siendo así responsable de la conservación en cantidad y calidad de los Productos en consignación y debiendo poner para ello todos los medios de conservación que fuesen necesarios (tratamientos contra insectos/plagas, control de humedades y temperatura, seguros por robos y daños etc.).  5.4 Syngenta sólo aceptará devoluciones/retornos de Productos en consignación en perfecto estado de conservación (no se admitirán envases rotos, abiertos, desprecintados, deteriorados, con insectos, de campañas anteriores etc.). 5.5 Syngenta también podrá realizar las Entregas bajo la forma de Bill and Hold. En este caso, en el que Syngenta es la depositaria de las mercancías de las que es propietario el Comprador, éste último deberá contratar por su cuenta los seguros que estime convenientes para asegurar la mercancía que le pertenece.

6.- Términos aplicables al uso y destino de los Productos.  6.1 En general. La etiqueta colocada en el embalaje recoge las restricciones de uso de los Productos, que el Comprador y los sucesivos compradores deberán observar. Mediante el uso de los Productos, el Comprador o los sucesivos compradores confirman su(s) compromiso(s) de observarlas. El Producto y su embalaje son propiedad del Grupo Syngenta o sus licenciantes, y se encuentra protegido por derechos de propiedad industrial e intelectual.  6.2 Condiciones especiales para el uso de Semillas. Los Productos están exclusivamente dirigidos a la producción de cultivos para uso y/o consumo humano o animal. El uso por parte del Comprador de los Productos se encuentra limitado a la producción de un único cultivo comercial de producto fresco, forraje, fibra o grano para la alimentación humana y animal o para su procesado. La producción excluirá la producción de semillas para su replantación o reproducción vegetativa. Salvo que la legislación lo permita expresamente, queda estrictamente prohibido utilizar la semilla, incluidas las líneas parentales que puedan estar contenidas de manera involuntaria, con fines de investigación, cultivo o caracterización molecular o genética. El Comprador no es titular ni adquirirá derecho alguno sobre las líneas parentales que puedan estar contenidas de manera involuntaria. Asimismo, el Comprador se compromete a no retirar la etiqueta del embalaje de los Productos. Las mismas restricciones resultarán de aplicación a los compradores del Comprador.  6.3 El Comprador permitirá el acceso en cualquier momento a Syngenta, si ésta así lo solicita, a las instalaciones donde se encuentren los Productos con el fin de permitirle inspeccionar el uso que se esté dando a los mismos. Syngenta notificará su visita al Comprador con la antelación necesaria.

7.- Garantía y saneamiento.  7.1 Syngenta garantiza que los Productos que vende responden a las descripciones técnicas y funcionales que figuran en la etiqueta y su calidad se encuentra dentro de las especificaciones indicadas.  7.2 El Comprador deberá examinar la mercancía en el instante de su recepción, comunicando por escrito, lo antes posible, a Syngenta cualquier defecto externo y aparente que pudiera observar; asimismo, el Comprador deberá poner en conocimiento de Syngenta, lo antes posible, por escrito, cualquier vicio oculto que pudiera acaecer después de la entrega de la mercancía. En la comunicación escrita que el Comprador envíe a Syngenta deberá especificar el tipo y alcance del vicio o defecto advertido.  7.3 Syngenta responderá por los defectos aparentes dentro un plazo máximo de 10 días desde la fecha de entrega y 6 meses por vicios ocultos, salvo en los supuestos expresamente recogidos en el apartado 5 de la presente cláusula.  7.4 Constatadas por Syngenta la existencia y la imputabilidad a ésta del vicio o defecto comunicado por el Comprador, Syngenta procederá, a su elección, a la sustitución o reparación de las mercancías o, si esto no fuera posible o causa molestias más allá de lo razonable al Comprador, ofrecerá a éste la posibilidad de optar entre resolver el contrato con devolución total del precio o reducir el precio en función de las mercancías defectuosas. Esta forma de saneamiento será el único remedio del Comprador en caso de falta de conformidad de las mercancías, por lo que quedan expresamente excluidas cualesquiera otras acciones y derechos del Comprador frente a Syngenta por este motivo.  7.5 En ningún caso Syngenta responderá por daños causados a las propias mercancías, a otros bienes o a las personas como consecuencia de un incorrecto o inadecuado uso, empleo o aplicación, almacenamiento y/o transporte de sus Productos (ya que, como fabricante, no tiene capacidad para controlar tales actuaciones), de las modificaciones o alteraciones efectuadas en los Productos por el Comprador, o de supuestos de caso fortuito o Fuerza Mayor, o cualesquiera otras circunstancias fuera del control de Syngenta. 

8.- Precios y condiciones de pago.  8.1 Los precios aplicados serán los vigentes en el momento de la compra, según tarifa establecida por Syngenta. Los precios publicados en la lista de precios de Syngenta no incluyen el I.V.A. Syngenta podrá modificar la lista de precios en cualquier momento. La modificación de los precios no afectará a los pedidos pendientes de entrega, a los que serán de aplicación los precios vigentes en la fecha en que se formalizó el pedido.  8.2 Los pagos a Syngenta se realizarán a los 60 días después de la fecha de la factura. 8.3 Todos los pagos se harán mediante i) transferencia bancaria o ii) giro bancario. Si se realiza mediante giro el Comprador debe facilitar la primera vez que contrate con Syngenta sus datos bancarios y firmar una autorización genérica de domiciliación bancaria a favor de Syngenta. Cada vez que el Comprador solicite un nuevo pedido a Syngenta, y éste sea aceptado por Syngenta, el Comprador autoriza expresamente a Syngenta a presentar al cobro la factura de ese concreto pedido con cargo a la cuenta bancaria que haya facilitado a Syngenta y por el importe exacto que figure en la confirmación del pedido que reciba de Syngenta. Por tanto, el Comprador reconoce expresamente que no tendrá derecho a solicitar a su banco la devolución de las facturas correspondientes a un pedido confirmado que Syngenta le gire contra dicha cuenta corriente, por no cumplirse las condiciones del artículo 33.1 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago ("Ley de Servicios de Pago"). En cualquier caso, y para evitar todo género de dudas, el Comprador renuncia expresamente a solicitar la devolución de las facturas de Syngenta que correspondan a un pedido confirmado conforme a lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley de Servicios de Pago. No obstante, lo anterior, Syngenta se reserva el derecho de exigir, cuando lo considere oportuno, el pago por otros medios (a modo enunciativo, pero no limitativo, cheque, transferencia bancaria, talón, etc.).  8.4 El hecho de aceptar la modalidad de pagos por medio de giros NO IMPLICA RENUNCIA AL FUERO DE LOS TRIBUNALES DE MADRID CAPITAL, QUIENES EN CASO DE LITIGIO SERÁN LOS ÚNICOS COMPETENTES, de conformidad con lo establecido en la cláusula 20.  8.5 Los pagos fuera del vencimiento por parte del Comprador obligarán a este último a pagar a Syngenta, sin requerimiento alguno y a partir de la fecha de vencimiento del pago, los intereses de demora del pago retrasado calculado en 0,75% mes (una parte de un mes se considera un mes completo a los efectos del cálculo de los intereses). Asimismo, el Comprador deberá asumir los gastos financieros y bancarios que la demora produzca. El pago de estos intereses no liberará al Comprador de la obligación de realizar el resto de los pagos en las condiciones acordadas.  8.6 Ante el incumplimiento de las obligaciones de pago contraídas por el Comprador frente a Syngenta, Syngenta tiene derecho a resolver el contrato de compraventa, total o parcialmente, con el resarcimiento de daños y abono de intereses correspondientes

9.- Devoluciones.  9.1 Syngenta no acepta devoluciones de los pedidos ya servidos, salvo que se especifique lo contrario en las condiciones específicas acordadas entre Syngenta y el Comprador o en los supuestos en que concurran defectos aparentes u ocultos de las mercancías, tales defectos hayan sido comunicados por escrito a Syngenta en los plazos establecidos en la cláusula 7.3, y ésta haya constatado la existencia de los vicios o defectos y la imputabilidad de estos a Syngenta.  9.2 Las devoluciones o envíos a las instalaciones de Syngenta, ya sea para su sustitución o abono, deberán hacerse siempre por el Comprador a portes pagados. No obstante, lo anterior, si finalmente se demuestra que el vicio o defecto es imputable a Syngenta, ésta reembolsará los costes del porte al Comprador. 9.3 En el caso de que la mercancía vendida hayan sido Semillas de maíz industrial, girasol y colza, al finalizar la campaña se recoge todo el sobrante que tenga en su poder el Comprador, tanto si la venta se ha realizado en Consignación como si no.

10.- Responsabilidad.  10.1 Fuera de los supuestos de saneamiento por falta de conformidad de las mercancías (que se rigen única y exclusivamente por lo dispuesto en la cláusula 7), cualquier reclamación de daños y perjuicios formulada por el Comprador frente a Syngenta por incumplimiento de las obligaciones contractuales de Syngenta, queda expresamente excluida cuando no medie culpa grave o dolo. La responsabilidad contractual de Syngenta quedará limitada al valor de la compra de los Productos. En ningún caso, Syngenta responderá frente al Comprador por lucro cesante, pérdida de ingresos, costes de inactividad ni, en general, de pérdidas de cualquier clase que pudiera sufrir el Comprador derivadas de la no entrega o de la entrega defectuosa de la mercancía.  10.2 La limitación de responsabilidad contenida en la presente cláusula 10 prevalecerá sobre cualquier otra contenida en cualquier otro documento contractual que sea contradictoria o incongruente con la misma, salvo que tal previsión limite en mayor medida la responsabilidad de Syngenta.  10.3 El Comprador exonerará de responsabilidad a Syngenta frente a todas y cada una de las reclamaciones de terceros con motivo de los daños provocados por o relacionados con cualquiera de los Productos entregados por Syngenta, incluidas las reclamaciones presentadas contra Syngenta en su calidad de productora de los Productos de conformidad con cualquier acuerdo relativo a la responsabilidad por productos defectuosos, salvo que dicho daño se deba a la conducta dolosa o culposa de Syngenta. 

11.- Información básica sobre Protección de Datos Personales: Responsables: Syngenta España, S.A.U. Finalidad: gestionar altas, bajas, pedidos, descuentos, cobro de deudas, compensaciones y objetivos de clientes sobre la base del mantenimiento de la relación contractual. Legitimación: Ejecución del contrato de compraventa. Destinatarios: Otras empresas del Grupo Syngenta International AG. Encargados del Tratamiento dentro y fuera de la UE. Derechos: El Comprador tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como otros derechos e información adicional que podrá consultar en las siguientes direcciones:
https://www.syngenta.es/declaracion-de-privacidad

12.- Utilización de marcas, embalaje y trazabilidad.  12.1 Utilización de las marcas registradas, signos y otros distintivos de Syngenta. Todas las marcas registradas, marcas de servicio y logotipos incluidos en el Contrato y en cualquier documento o página web de referencia (las “Marcas Registradas”) son marcas registradas y no registradas del Grupo Syngenta o terceros que hayan licenciado sus marcas registradas a favor del Grupo Syngenta. El Comprador se abstendrá de reproducir, mostrar o de otro modo utilizar cualquier Marca Registrada sin la autorización escrita previa de Syngenta. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el Comprador no está autorizado a utilizar las Marcas Registradas, los signos ni otras marcas utilizadas por Syngenta, para diferenciar sus productos de los de otros negocios, salvo que comercialice los Productos en su embalaje original donde las marcas registradas, los signos, las marcas y otras indicaciones hayan sido puestos por Syngenta. En caso de reventa de los Productos entregados, esta disposición se aplicará igualmente al comprador del Comprador y a cualesquiera otros compradores posteriores. El incumplimiento de esta disposición se considerará una infracción de las CGV.  12.2 Embalaje. El Comprador no modificará ni retirará del embalaje del Producto las marcas registradas, los nombres corporativos o comerciales, las etiquetas ni los derechos de propiedad industrial e intelectual de cualquier tipo pertenecientes a Syngenta, salvo que Syngenta así lo haya consentido.  12.3 Trazabilidad. El Comprador reconoce en este acto que cualquier comercialización que realice de un Producto cuya etiqueta, número de lote o fecha de venta hayan sido eliminadas, borradas o modificadas, representa un incumplimiento grave de las presentes CGV y del Contrato. Dicho incumplimiento podrá conllevar la resolución del Contrato a discreción exclusiva de Syngenta, sin ningún tipo de indemnización a favor del Comprador. En tal caso, el Comprador asumirá por su propia cuenta y riesgo todas las consecuencias legales, financieras y judiciales que se puedan derivar.  

13.- Derechos de propiedad industrial.  13.1 El Comprador deberá observar las restricciones y limitaciones establecidas sobre los Productos por el Convenio de la UPOV, así como las correspondientes implementaciones nacionales que quedan incorporadas al presente Contrato y, si procede, el Reglamento del Consejo nº 2100/94 de 27 de julio de 1994 relativo a los derechos comunitarios sobre las variedades vegetales, que queda también incorporado al presente Contrato.  13.2 El Comprador deberá observar las siguientes obligaciones adicionales: i) Si el Comprador encuentra un mutante en los Productos, deberá comunicarlo inmediatamente a Syngenta vía correo certificado y poner a su disposición materiales de dicho mutante con fines de comprobación, así como otros fines, sin coste alguno para Syngenta. Asimismo, Syngenta se encontrará legitimada a solicitar al Comprador, en los dos (2) años siguientes a la detección del mutante, materiales de dicho mutante con fines de comprobación y otros fines, sin coste alguno. ii) El Comprador indemnizará a Syngenta por los daños y perjuicios en los que ésta haya incurrido como consecuencia de cualquier infracción por el primero de los derechos de propiedad industrial de Syngenta. iii) El Comprador se compromete a cooperar plenamente conforme a las instrucciones recibidas de Syngenta, incluso en la obtención de pruebas, en el supuesto de que ésta se vea involucrada en un procedimiento legal relacionado con derechos de propiedad industrial.

14.- Gestor responsable.  El Comprador se compromete a (i) contratar exclusivamente personal debidamente formado y cualificado en la manipulación apropiada de los Productos; (ii) observar en todo momento las prácticas de utilización y eliminación seguras recomendadas por Syngenta o las organizaciones internacionales; y (iii) utilizar los Productos solo con sus fines previstos. El Comprador confirma que cumplirá en todo momento con las leyes, sanciones y reglamentos locales e internacionales en vigor, especialmente con la normativa de la OECD referente a pagos.

15.- Declaración relativa a organismos modificados genéticamente.  Todas las variedades que Syngenta vende en la actualidad en la Unión Europea, África (excepto en la República Sudafricana) y Oriente Medio han sido obtenidas utilizando métodos de mejora convencionales sin aplicar técnicas de modificación genética dirigidas a la obtención de organismos modificados genéticamente, según se define en la Directiva 2001/18/EC sobre la liberación intencionada al medio ambiente de organismos modificados genéticamente. Los métodos utilizados en el desarrollo y el mantenimiento de dichas variedades tienen por objeto alcanzar niveles elevados de pureza y evitar la presencia de cualquier planta fuera de tipo, incluyendo las modificadas genéticamente. La producción de Semillas se ha realizado de conformidad con las normas sobre comercialización de variedades y producción de semillas, incluidas las relativas a las distancias de aislamiento específicas. Aunque resulta muy poco probable, el riesgo de una presencia adventicia de organismos modificados genéticamente no se puede excluir completamente

16.- Fuerza Mayor.  Syngenta no será responsable frente al Comprador en modo alguno, ni se considerará que ha incumplido el Contrato, por la demora en el cumplimiento o por el incumplimiento de sus obligaciones recogidas en el Contrato, si dicha demora o incumplimiento se deben o derivan de un supuesto de Fuerza Mayor. Por Fuerza Mayor se entenderá cualquier causa ajena al control responsable de Syngenta o de su contratista no susceptible de previsión o cuyos efectos no se podrían haber previsto de manera razonable. Por ejemplo, la demanda total de Productos que supere por cualquier motivo las existencias totales disponibles de Syngenta mediante sus acuerdos de distribución habituales se interpretará como un supuesto de Fuerza Mayor.

17.- Confidencialidad.  El Comprador mantendrá en estricta confidencialidad toda la información relativa a los Productos, el know-how y los secretos comerciales de Syngenta y su negocio, con independencia de que la fuente de dicha información haya sido Syngenta, una de sus filiales o un tercero, o con independencia de que dicha información haya sido encontrada, desarrollada o generada por el propio Comprador. En concreto, y sin limitación de lo anterior, las cifras de facturación y las medidas de promoción de las ventas no serán comunicadas a terceros.

18.- Divisibilidad.  En el supuesto de que cualquiera de las presentes estipulaciones fuera declarada nula o carente de fuerza ejecutiva por cualquier jurisdicción competente, las partes o disposiciones restantes permanecerán no obstante en pleno vigor. En tal caso, las Partes se esforzarán al máximo por negociar estipulaciones sustitutivas de las declaradas nulas o carentes de fuerza ejecutiva con el fin de llevar a cabo la intención y la finalidad del Contrato y las CGV.

19.- Sigfito.  Para todos los productos adheridos a Sigfito se incluye su contribución en factura, de modo que si no se indica dicha contribución se entenderá que no están adheridos al mismo y por tanto el poseedor final será responsable de su entrega para la correcta gestión medioambiental. Los materiales auxiliares como pallets, cajas de embalaje y retractilados no están adheridos a Sigfito y por tanto el poseedor final será el responsable de su entrega a un gestor autorizado para su correcta gestión medioambiental.

20.- Legislación y jurisdicción competente.  Las relaciones entre las partes se rigen por las Leyes españolas. El Comprador y Syngenta se someten expresa y formalmente, para toda cuestión derivada del cumplimiento y ejecución de la relación comercial, a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, con renuncia expresa de su propio fuero, en caso de ser distinto.